En las compañías industriales y agrícolas, los elementos de propiedad, planta y equipo son rubros relevantes en el activo de los estados financieros. Por lo tanto, la decisión de adquirirlos o venderlos debe responder a análisis de retorno de la inversión que aprueben los accionistas, salvaguardarlos, darles mantenimiento y operarlos constituyen responsabilidades del administrador y establecer las políticas contables adecuadas es una función del directorio. Así, se busca garantizar que los accionistas obtengan la rentabilidad que desean, que los ejecutivos cuiden y optimicen el uso de los activos productivos y que los directores medien entre los dos actores, cuidando los intereses de los primeros y, supervisando y asesorando a los segundos.
Para establecer las políticas contables que debe respetar el administrador en la preparación de los estados financieros, los directores de una empresa ecuatoriana deben basarse en lo dispuesto en las Normas Internacionales de Información Financiera -NIIF-. Siendo así, respecto a propiedad, planta y equipo, deben considerar la Norma Internacional de Contabilidad -NIC- 16. Esta norma indica cómo deben registrarse inicialmente y con posterioridad aquellos elementos que por sus características pertenecen a esta categoría.
Cuando una empresa adquiere un elemento de propiedad, planta y equipo, su administración se encuentra frente a la necesidad de registrarlo inicialmente en sus estados financieros. En función a la norma, la política contable debe indicar que éste debe contabilizarse al costo. Entendiéndose por costo como el valor cancelado al proveedor, los desembolsos adicionales para poner al activo en el estado previsto de operación, los intereses de préstamos directamente relacionados con el activo durante el periodo de puesta en marcha y el importe para el desmantelamiento, en caso de proveerse.
Con posterioridad, en medida que se utiliza el activo para generar ingresos ordinarios, debe reconocerse su depreciación y, eventualmente, su deterioro como gastos. Consecuentemente, la política contable pone a la elección del directorio de la empresa dos métodos de registro: a) costo menos depreciación acumulada y menos deterioro, y b) revalorización menos depreciación acumulada y menos deterioro. En ambos casos, el deterioro debe establecerse de comparar el costo o el valor revalorizado con el valor recuperable. En esta ecuación, este último corresponde al mayor de comparar el valor económico (flujos económicos netos proyectados a valor presente) del valor de realización.
En algunas circunstancias, por el pasar de los años, algunos elementos de propiedad, planta y equipo, por ejemplo, inmuebles, por factores externos, como la plusvalía, generan diferencias significativas entre el valor neto en libros y su valor de mercado. Esta situación puede llevar a los directores considerar y plantear que debe cambiarse del método de contabilización posterior para cerrar esta brecha.
La normativa societariamente ecuatoriana ordena que el valor de mercado sea establecido por un perito con registro en la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros. Este profesional debe ser contratado por los accionistas y su informe debe ser conocido por éstos, a efectos de que ordenen, bajo su responsabilidad ante terceros, a la administración de la empresa el registro de la revalorización.
El registro de la revalorización es, en primera instancia, por ejemplo para un terreno, debitando la cuenta terrenos y acreditando el Otro Resultado Integral -ORI-. De esta manera, se presenta este impacto en el estado de resultados integrales. En segunda instancia, se debe debitar el Otro Resultado Integral y acreditar la cuenta patrimonial Superávit por Valuación. Si esta revalorización se practica en una empresa no dedicada a la actividad inmobiliaria, el saldo se puede pasar a resultados acumulados y enjugar pérdidas o capitalizarlo. Si se tratara de un edificio, debido a que éste se deberá seguir depreciando en el futuro y que la depreciación de la revalorización no será un gasto tributariamente deducible, se deberá considerar en el asiento antes descrito un crédito a un pasivo por impuestos diferido que disminuirá el efecto del ORI en el Estado de Resultados Integrales y en el Superávit por Valuación del patrimonio. En los siguientes ejercicios, en la medida que el bien se vaya depreciando, se irá debitando el Pasivo por Impuestos Diferido y aumentando el Impuesto por Pagar y deberá ir transfiriendo de la cuenta Superávit por Valuación a Resultados Acumulados, sugiriéndose la absorción de pérdidas o la capitalización.
Todo acto humano tiene consecuencias. La revalorización no es una excepción. En primer lugar, se tendrá un patrimonio que comunicará a todas las partes interesadas un valor más cercano a la realidad actual. Pero debe considerarse que este proceso puede aumentar ciertos gastos. Me refiero en concreto a la contribución a la Superintendencia de Compañías, Valores y Seguros, al 1.5 por mil y a la Patente Municipal. En el caso del anticipo de impuesto a la renta, éste, según la normativa tributaria vigente, no se verá afectado. El directorio deberá sopesar el beneficio señalado frente a los gastos increméntales asociados para sugerir a los accionistas qué decisión tomar ya que ésta recae en ellos.