Consulta contable Febrero 2012 2Q |
Consulta contable: Febrero 2012 2Q:
Administro una empresa PYME y a cierto empleado se le presenta un inconveniente financiero por causas familiares. Dicho empleado solicitó a la empresa para que se le realice un préstamo considerable, el cual será pagadero a 2 años. El préstamo tiene un valor de $2000. Según la nueva normativa NIIF, ¿debo reconocer el interés implícito en dicho préstamo?
Respuesta:
De acuerdo a la Sección 23: Ingresos de Actividades Ordinarias, en el reconocimiento inicial, deberá registrarlo a su Valor Razonable, con la tasa de mercado correspondiente a los 2 años (el cual no puede ser mayor a los establecidos por el BCE). La diferencia entre el Valor Presente y el Valor del Préstamo será considerado como un gasto de inmediato.
Suponiendo que el cálculo del Valor Presente del préstamo (con el interés de mercado) sea de $1500 debemos posteriormente reconocer el Ingreso por Intereses en cada año de la siguiente forma:
Dicho interés ira periódicamente aumentando el valor del préstamo por cobrar, en tal forma que al finalizar el plazo se contabilizara el retorno del préstamo.
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