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Respuesta a Consulta Contable Octubre 2012 1Q

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Consulta Contable: Octubre 2012 1Q:

Tratamiento de la mercadería en consignación en las NIIF

Consulta

Para introducir un nuevo producto al mercado y con el fin de que oferta de éste se dinamice, nuestra compañía celebró contratos de consignación con 15 vendedores independientes. A cada uno de éstos se le entregó mercadería valorada en US$10,000. Según el contrato, cada fin de mes, se realizará un inventario físico, se facturará lo que ya no esté en bodega y se le repondrá para mantener el cupo. Nuestras consultas son las siguientes: ¿Cuándo debemos registrar la salida del inventario?, ¿debemos reconocer el ingreso ordinario en el momento de la entrega a los vendedores?

Respuesta

De acuerdo a las NIIF para las PYMES en su Sección  23: “Ingresos de Actividades Ordinarias”, una entidad reconocerá ingresos de actividades ordinarias procedentes de la venta de bienes cuando se satisfagan todas y cada una de las siguientes condiciones: (a) La entidad haya transferido al comprador los riesgos y ventajas inherentes a la propiedad de los bienes, (b) La entidad no conserve ninguna participación en la gestión de forma continua en el grado usualmente asociado con la propiedad, ni retenga el control efectivo sobre los bienes vendidos,(c) El importe de los ingresos de actividades ordinarias pueda medirse con fiabilidad, (d) Sea probable que la entidad obtenga los beneficios económicos asociados de la transacción, (e) Los costos incurridos, o por incurrir, en relación con la transacción puedan ser medidos con fiabilidad.

Debido a que su empresa, como consignante, conserva los riesgos, ventajas y por ende retiene aún el control de la mercancía hasta que el consignatario la venda, ya que el consignatario no es un deudor general del consignante sino un agente, su compañía deberá registrar dicha venta una vez que el consignatario la venda por lo que deberá abrir en su plan de cuentas la cuenta de “mercaderías en consignación”. Cuando ustedes, en el inventario físico, establezcan las unidades vendidas por los consignatarios, le emitirán la factura correspondiente y registrarán tanto la cuenta por cobrar como el ingreso de actividades ordinarias.

 

 

 

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