logo_hansen_holm
  • Imagen 4
  • Imagen1
  • Imagen2
  • Imagen3
  • Imagen5
  • Imagen6

 

Respuesta a Consulta Contable Septiembre 2012 2Q

Regresar a la lista

Consulta Contable: Septiembre 2012 2Q:

Registro de los contratos de concesión bajo NIIF

Consulta

A inicios del mes de agosto del 2012, se iniciaron los trámites para la celebración de un contrato de concesión con el Estado, por el cuál se acordará que nuestra empresa podrá explotar un terreno ubicado en la provincia de El  Oro para criar camarones. El contrato que se celebrará tiene una duración de 15 años y contempla un pago por la concesión de US$60,000. Nuestro contador nos indicó que el terreno que se nos concesionará lo podríamos contabilizar dentro del grupo de Propiedad Planta y Equipo. De acuerdo con la NIIF para las PYMES, ¿es esta sugerencia la  correcta?

Respuesta

El pago de  US$60,000 que usted nos indica otorgará a su empresa el derecho de usar una extensión de terreno para la actividad camaronera por 15 años. En ningún caso, este pago le dará propiedad sobre el terreno concesionado. Por lo tanto, la NIIF para las PYMES aborda este tipo de derechos en la Sección No. 18: “Activos Intangibles”. Según esta norma, el valor por ustedes desembolsado de US$60,000 deberá ser contabilizado en el rubro “Intangibles” y ser amortizado en el tiempo de 15 años que usted indica.

En caso de que el contrato de concesión les permita construir instalaciones o edificaciones sobre este terreno, éstas serán tratadas según lo dispuesto en la sección 17: “Propiedad Planta y Equipo”, contabilizándolas a su costo y depreciándolas linealmente en el plazo que dure la concesión.

 

Regresar a la lista

 

 

redes

facebookyoutube

separador